Insights
Certificación energética de edificios: el SCE hoy y qué cambia con la nueva EPBD
El certificado energético dejó hace mucho de ser una mera formalidad administrativa. Hoy condiciona la venta y el alquiler de inmuebles, fija requisitos de proyecto en la obra nueva y en las grandes renovaciones, y es cada vez más un factor en el valor — o la pérdida de valor — de un activo. Y el marco está a punto de endurecerse: la nueva directiva europea sobre la eficiencia energética de los edificios, aprobada en 2024, rediseña todo el sistema, del concepto de edificio de cero emisiones a la obligación progresiva de instalar energía solar.
En CertiAmb, el comportamiento térmico es una de las especialidades que desarrollamos de forma integrada dentro de nuestros proyectos de especialidades de ingeniería, en coordinación con la arquitectura, los sistemas de climatización y las demás especialidades. En este artículo explicamos cómo funciona el Sistema de Certificación Energética de los Edificios (SCE) portugués, cuándo es obligatorio el certificado, qué trae la nueva EPBD y en qué punto está su transposición en Portugal.
El SCE hoy: el marco legal
La pieza legislativa central es el Decreto-Lei n.º 101-D/2020, de 7 de dezembro, que establece los requisitos de eficiencia energética de los edificios y regula el SCE, transponiendo la Directiva (UE) 2018/844. Sus reglas producen efectos, con carácter general, desde el 1 de julio de 2021, fecha en que derogó el régimen anterior (Decreto-Lei n.º 118/2013). En su redacción actual, ha sido modificado por el Decreto-Lei n.º 102/2021, de 19 de novembro — que regula el acceso a la actividad de los técnicos del SCE y su ejercicio — y por el Decreto-Lei n.º 11/2025, de 19 de fevereiro.
Los elementos esenciales del sistema son los siguientes:
- la DGEG (la Dirección General de Energía y Geología) se encarga de la supervisión y el control; ADENE, la agencia portuguesa de la energía, gestiona el sistema; la calidad del aire interior corresponde a las autoridades sanitarias (DGS y APA);
- los certificados los emiten peritos cualificados registrados en el SCE y tienen una validez, por regla general, de 10 años;
- la escala portuguesa de clases energéticas va de A+ a F;
- los requisitos mínimos de la envolvente del edificio y de los sistemas técnicos figuran en la Portaria n.º 138-I/2021, aplicable a edificios residenciales y de comercio y servicios, nuevos o renovados;
- los edificios nuevos deben cumplir el estándar NZEB (edificios de consumo de energía casi nulo), con una cuota significativa de energía renovable.
Toda la normativa en vigor está reunida en el portal del SCE, gestionado por ADENE.
¿Cuándo es obligatorio el certificado energético?
El certificado energético se exige en tres momentos principales:
- Obra nueva — el precertificado acompaña el proceso de licencia y el certificado definitivo se emite para la utilización del edificio;
- Grandes renovaciones — la reforma queda sujeta a requisitos de eficiencia y a una nueva certificación;
- Venta o alquiler — el certificado debe existir desde el momento en que el inmueble sale al mercado: la clase energética debe figurar en los anuncios y el documento se entrega en la firma del contrato.
Los edificios de comercio y servicios de mayor dimensión están además sujetos a obligaciones específicas de exhibición del certificado y a inspecciones periódicas de sus sistemas técnicos. El incumplimiento tiene un coste real: la falta de certificado constituye una infracción administrativa sancionable con una multa de 250 € a 3.740 € para las personas físicas y de 2.500 € a 44.890 € para las personas jurídicas.
La nueva EPBD: la Directiva (UE) 2024/1275
La Directiva (UE) 2024/1275, de 24 de abril de 2024 — la refundición de la EPBD (Energy Performance of Buildings Directive) — entró en vigor el 28 de mayo de 2024, con plazo de transposición hasta el 29 de mayo de 2026. El objetivo es ambicioso: un parque inmobiliario descarbonizado y de cero emisiones en 2050. Los principales cambios son:
- Edificios de cero emisiones (ZEB) — el nuevo estándar que sucede al NZEB: se aplica a los nuevos edificios públicos desde el 1 de enero de 2028 y a todos los edificios nuevos desde el 1 de enero de 2030;
- Normas mínimas de eficiencia energética (MEPS) para edificios no residenciales — umbrales que obligarán a renovar los edificios de peor rendimiento: el 16 % del parque hasta 2030 y el 26 % hasta 2033;
- Una trayectoria de renovación residencial — una reducción del consumo medio de energía primaria del parque de viviendas de al menos el 16 % hasta 2030 y del 20 al 22 % hasta 2035, lograda al menos en un 55 % en los edificios de peor rendimiento;
- Energía solar — un despliegue progresivo, cuando sea técnica y económicamente viable: en los nuevos edificios públicos y no residenciales de mayor dimensión desde finales de 2026 y en los nuevos edificios residenciales hasta el 31 de diciembre de 2029;
- El pasaporte de renovación — una hoja de ruta por fases, edificio a edificio, hacia la renovación en profundidad;
- Calderas de combustibles fósiles — el fin de los incentivos financieros a las calderas autónomas desde el 1 de enero de 2025 y una trayectoria hacia su eliminación progresiva en 2040;
- Certificados energéticos armonizados — un modelo europeo común y una escala de A a G, en la que A corresponde a los edificios de cero emisiones, lo que implicará revisar la actual escala portuguesa (A+ a F).
La transposición en Portugal: en qué punto está
Portugal optó por una transposición en dos fases. La primera está concluida: el Decreto-Lei n.º 11/2025, de 19 de fevereiro, transpuso parcialmente la directiva, modificando el Decreto-Lei n.º 101-D/2020 para poner fin a los incentivos financieros a la instalación de calderas autónomas de combustibles fósiles, con efectos retrotraídos al 31 de diciembre de 2024.
La segunda fase — la revisión en profundidad del Decreto-Lei n.º 101-D/2020 y de su normativa de desarrollo — fue preparada por un grupo de trabajo coordinado por ADENE, junto con la DGEG, la APA, el LNEC, el IHRU, el IMT y el IMPIC, y la propuesta ha entrado en el circuito legislativo, con una consulta pública prevista para principios de 2026. En el momento de redactar este artículo, la legislación de transposición íntegra aún no se había publicado en el Diário da República — es decir, el plazo europeo del 29 de mayo de 2026 ha vencido y la publicación del nuevo paquete se espera en cualquier momento. En paralelo, el Plan Nacional de Renovación de Edificios (PNRE), que sustituirá a la actual Estrategia de Renovación a Largo Plazo, debe presentarse antes de finales de 2026.
En la práctica, esto significa que el SCE sigue rigiéndose, por ahora, por el Decreto-Lei n.º 101-D/2020 en su redacción actual — pero quien tenga proyectos en preparación debería concebir ya sus soluciones pensando en el marco que viene.
Qué significa en la práctica para propietarios y promotores
Las implicaciones difieren según su posición:
- Si va a construir, anticipe el estándar ZEB y la preparación para la energía solar: una orientación y una envolvente bien resueltas, sistemas electrificados y renovables in situ cuestan mucho menos cuando se piensan desde el estudio preliminar;
- Si posee edificios de comercio o servicios, evalúe ya la clase actual: los MEPS exigirán obras en los edificios de peor rendimiento, y una clase baja tiende a traducirse en menor valor y menor liquidez;
- Si va a comprar, trate la clase energética como un factor del precio y de los costes futuros de explotación — un tema que desarrollamos en los artículos construir o comprar en Portugal y guía para inversores extranjeros;
- Si va a renovar, las ayudas estarán cada vez más orientadas a los edificios de peor rendimiento y a los hogares vulnerables — pero sin apoyo alguno a los equipos de combustibles fósiles.
Errores y riesgos que conviene evitar
Según nuestra experiencia, los problemas más frecuentes en esta materia son evitables:
- anunciar un inmueble sin su clase energética o firmar un contrato sin certificado válido — con el consiguiente riesgo de multa;
- lanzar una gran renovación sin proyecto de comportamiento térmico, para descubrir tarde que la solución no cumple los requisitos mínimos;
- instalar hoy sistemas de combustibles fósiles sin sopesar la trayectoria europea hacia 2040 y el fin de los incentivos;
- ignorar las inspecciones periódicas obligatorias de los sistemas técnicos en los edificios de comercio y servicios;
- tratar el certificado como un papel de última hora, en lugar de como una herramienta de proyecto que orienta las decisiones sobre la envolvente, los sistemas y la energía renovable.
El enfoque integrado de CertiAmb
La eficiencia energética no se resuelve con un cálculo aislado al final del proceso: resulta de decisiones de arquitectura (orientación, huecos, sombreamiento), de ingeniería (envolvente, climatización, agua caliente sanitaria, renovables) y de ejecución en obra. Por eso, en CertiAmb, el proyecto de comportamiento térmico se desarrolla junto con el proyecto de arquitectura y licencias y las demás especialidades de ingeniería, y la conformidad se acompaña hasta la fase de obra a través de nuestros servicios de consultoría técnica y supervisión de obra.
Esta integración es la mejor protección frente al riesgo regulatorio: un edificio concebido hoy con lógica ZEB irá por delante del mercado cuando las nuevas reglas entren plenamente en vigor.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatorio el certificado energético?
En los edificios nuevos, en las grandes renovaciones y siempre que un inmueble se vende o se alquila. La clase energética debe figurar en los anuncios y el certificado se entrega en la firma del contrato.
¿Cuál es la validez del certificado energético?
Por regla general, 10 años. En los grandes edificios de comercio y servicios (GES), la validez es, por lo general, de 8 años — y puede reducirse si no existe un plan de mantenimiento o un informe válido de inspección de los sistemas técnicos. El certificado lo emite un perito cualificado registrado en el SCE y lo registra ADENE.
¿Cuáles son las multas por no tener certificado?
De 250 € a 3.740 € para las personas físicas y de 2.500 € a 44.890 € para las personas jurídicas, en virtud del Decreto-Lei n.º 101-D/2020.
¿Qué es un edificio de cero emisiones (ZEB)?
Es el nuevo estándar creado por la Directiva (UE) 2024/1275: un edificio de muy alto rendimiento, sin emisiones de carbono de combustibles fósiles in situ. Se aplica a los nuevos edificios públicos desde 2028 y a todos los edificios nuevos desde 2030.
¿Se aplica ya la nueva EPBD en Portugal?
Parcialmente: el Decreto-Lei n.º 11/2025 transpuso la prohibición de incentivos a las calderas de combustibles fósiles. La transposición íntegra está en curso — el plazo venció el 29 de mayo de 2026 y la nueva legislación aún no se había publicado en el momento de redactar este artículo.
Notas finales
La certificación energética está pasando de obligación documental a eje central del valor y de la conformidad de los edificios. Entre el SCE en vigor y la nueva EPBD en transposición, la diferencia entre anticipar y reaccionar se mide en costes de obra, multas evitadas y valor del inmueble. Si va a construir, renovar, vender o invertir y quiere que la eficiencia energética juegue a su favor, hable con el equipo de CertiAmb.
